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domingo, octubre 13, 2024
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Confirma el TEEG negativa del IEEG para ampliar el plazo para presentar solicitud de plebiscito

En sesión pública virtual, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió 11 procedimientos especiales sancionadores y un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

En el TEEG-PES-294/2021 el PVEM denunció a Morena, a su aspirante a candidato a la presidencia municipal de San Francisco del Rincón y al candidato a la Diputación Local por el Distrito X; por la supuesta difusión de actos anticipados de campaña. El Tribunal consideró inexistente la infracción porque si bien se acreditó el contenido de las publicaciones, éstas se refieren a la campaña del candidato a diputado, quien en ese momento se encontraba en aptitud legal de realizarlo, sin que se hubiera mencionado al precandidato anticipadamente.

Respecto al procedimiento TEEG-PES-297/2021 el PAN denunció a Morena y a su entonces candidato a la presidencia municipal de Salamanca, por la presunta colocación de propaganda electoral en un edificio público. El Tribunal resolvió que no hubo infracción a la ley, porque no se demostró que el inmueble en el que se encontraba la propaganda fuera ocupado por alguna dependencia municipal o tuviera como finalidad prestar un servicio público.

Dentro del expediente TEEG-JPDC-01/2022, una ciudadana presentó un juicio en contra de la negativa del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato de ampliar el plazo para presentar la solicitud de plebiscito sobre la contratación de empréstito para la construcción de un nuevo museo de las momias. El Tribunal confirmó la negativa del IEEG porque no se demostraron circunstancias extraordinarias que lo justificaran.

En el TEEG-PES-256/2021 un ciudadano denunció a Juan Carlos González Muro, candidato independiente a la presidencia municipal de Salamanca, por la publicación de una imagen en Facebook con la presencia de personas menores de edad. El Tribunal le impuso una amonestación pública porque se constataron los hechos y la omisión del candidato de recabar el consentimiento de quienes ejercen la patria potestad o tutela.

Así mismo, en el TEEG-PES-158/2021 el PAN denunció a Morena y a su entonces candidato a la presidencia municipal de San Miguel de Allende; derivado de la colocación de propaganda electoral en lugar prohibido. El Tribunal declaró que no hubo responsabilidad de las partes denunciadas porque si bien se acreditaron calcomanías en al menos 3 postes, no se demostró que la parte denunciada lo hubiese puesto u ordenado.

En el TEEG-PES-200/2021 el PRI denunció al candidato postulado por el PAN a la presidencia municipal de Romita, por la omisión de colocar el símbolo indicativo de “reciclable” en su propaganda electoral. El Tribunal declaró inexistente la infracción, porque si bien en el díptico aportado como prueba, se omitió lo señalado, no vulnera la normativa electoral.

Por su parte, en el TEEG-PES-272/2021 el PAN presentó denuncia en contra de Morena, de su entonces candidato a la presidencia municipal de Valle de Santiago, así como de un colaborador; por el supuesto uso en campaña de un perfil de Facebook del ayuntamiento. El Tribunal consideró inexistente la infracción porque se demostró que originalmente se dio de alta con el nombre de “Comunicación Valle” por el candidato denunciado, y nunca fue de la titularidad del ayuntamiento.

En el TEEG-PES-281/2021 el PRI denunció a quien fuera candidato postulado por el PAN a la presidencia municipal de Romita; porque consideró que hubo propaganda calumniosa en perjuicio de su candidato. El Tribunal determinó que no existió infracción, porque se consideró que el texto denunciado es parte del debate político y de la crítica entre contendientes.

Dentro del procedimiento TEEG-PES-302/2021 el PVEM denunció al entonces candidato postulado por el PAN a la presidencia municipal de San Felipe, por contravención a los Lineamientos para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia Político Electoral. El Tribunal consideró inexistente infracción a la ley porque no se localizó el contenido de una de las dos publicaciones de Facebook denunciadas y en la otra, si bien aparecían personas menores de edad, su contenido no era de materia electoral.

En el TEEG-PES-329/2021, el PAN presentó denuncia en contra del PVEM y de su entonces candidata a la presidencia municipal de Manuel Doblado, Erika Carmona Vázquez así como en contra de sus personas administradoras de redes sociales; por la supuesta contravención a los lineamientos para la protección de la niñez. Por mayoría, con el voto en contra de la magistrada presidenta Yari Zapata López; el Tribunal impuso una amonestación pública a la candidata y al partido, por demostrarse que en cuatro publicaciones aparecían imágenes de menores sin los consentimientos necesarios, sancionando a la candidata y al partido, no así al resto de las personas por no demostrarse que hayan participado.

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