Salamanca.-
Si algún conductor es afectado porque el municipio u otra autoridad se lleva al corralón por cometer una falta de vialidad, la autoridad de tránsito está incurriendo en una irregularidad.
Al respecto, el Pleno Regional en Materias Administrativas y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México (CDMX), emitió la Jurisprudencia PRA.C.CN.U/40 (11a.), con registro digital 2029633.
La explicación, en términos sencillos, es que legalmente cuando una autoridad (como Tránsito) retiene un vehículo por una infracción, el conductor puede interponer un amparo para que se lo devuelvan mientras se resuelve el juicio. A eso se le llama suspensión provisional.
El problema legal era que algunos jueces, al conceder esa suspensión (devolver el coche provisionalmente), exigían que primero el conductor pagara o garantizara el monto de la multa. Otros jueces consideraban que no se debía exigir ese pago.
Lo que se decidió en la jurisprudencia es que se estableció claramente que NO se puede condicionar la devolución del vehículo al pago o a la garantía del monto de la multa.
Las razones (en términos simples) son que la ley que permite condicionar la suspensión al pago (artículo 135 de la Ley de Amparo) solo aplica para asuntos fiscales (impuestos, contribuciones o créditos fiscales).
También se aclara que una multa de tránsito NO es un asunto fiscal, aunque sea dinero que se paga al gobierno. Es una sanción administrativa por violar reglas de tránsito. Además, retener el vehículo es una medida para evitar que el conductor continúe cometiendo la infracción, no para garantizar el pago.
El hecho de que algunos reglamentos exijan pagar la multa para liberar el coche no cambia esta naturaleza jurídica.
Por otra parte, se señala que no se puede ampliar la aplicación de la ley solo porque las autoridades inventen fórmulas para obligar al pago de multas. Cada figura legal tiene un ámbito específico.
Finalmente, y en resumen: si te retienen un vehículo automotor por una infracción de tránsito e interpones un amparo para que te lo devuelvan mientras se resuelve el juicio, el juez NO te puede obligar a pagar o garantizar la multa para conceder la suspensión provisional. La devolución debe ser inmediata y sin esa condición.
La información puede ser compartida con quien esté sufriendo esta situación. La jurisprudencia está disponible en:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2029633
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#Salamanca #DerechosCiudadanos 🚗⚖️ ¿Te enviaron tu auto al corralón? Una nueva jurisprudencia establece que NO pueden condicionarte la devolución al pago de la multa.
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Jurisprudencia federal determina que no se puede exigir el pago de multas de tránsito para devolver un vehículo retenido en el corralón.
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Salamanca, corralón, tránsito, multas, amparo, jurisprudencia, derechos ciudadanos, vialidad




