Entre reclamos de magistradas y magistrados por las malas prácticas y violaciones a la Constitución durante el proceso de revocación de mandato, el Tribunal Electoral federal (TEPJF) desechó la impugnación del presidente Andrés Manuel López Obrador, del Partido del Trabajo (PT) y otros actores, contra el acuerdo del INE por el cual efectuó el cómputo total y realizó la declaratoria de resultados del proceso de revocación de mandato de 10 de abril pasado.
La impugnación del Presidente se desechó porque las y los magistrados consideraron que el titular del Ejecutivo no acreditó interés jurídico para impugnar el acuerdo del INE.
Los recursos del PT y otros actores, como el priista Ulises Ruiz, se desecharon por improcedentes porque el ejercicio de consulta resultó inválido al no haber reunido el 40 por ciento de votos exigidos por la Constitución para hacerlo vinculante.
Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente del TEPJF y ponente en los casos, se refirió a los cientos de recursos de impugnación presentados durante el proceso de revocación, por lo que la invalidez del proceso no significa impunidad ante las denuncias presentadas.
Recordó que aún hay más de 300 impugnaciones bajo estudio y la sentencia pide dar vista a las autoridades electorales administrativas, penales y jurisdiccionales (INE, FGR y el propio TEPJF) para su investigación y, en su caso, se apliquen las sanciones correspondientes.
Rodríguez Mondragón y sus pares se refirieron también a la “integridad electoral” del proceso de revocación.
Con base en ello se refirieron a las malas prácticas y violaciones a la Constitución que se dieron en el proceso de revocación, ejercicio que, incluso, fue calificado por la magistrada Janine Otálora Malassis como un “acto fallido de democracia”.
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El magistrado presidente se refirió a la tardía emisión de la Ley de Revocación, al recorte presupuestal que se hizo para la organización del proceso y el intento de modificación de los criterios de propaganda gubernamental.
El proyecto habla también de apoyos fraudulentos para el apoyo de la consulta de revocación como uso de recursos públicos, el acarreo de votantes el día de la consulta y la propaganda indebida.
“Desde la óptica e integridad electoral estas situaciones son un ejemplo de lo que se conoce como malas prácticas”, dijo.
Aseguró que para garantizar que el ejercicio de revocación de mandato sea libre, auténtico e íntegro, es indispensable que todos los involucrados se comprometan con la salvaguarda del Estado de Derecho.
“El comportamiento de todos los factores a lo largo del proceso tiene consecuencias en la calidad democrática de la revocación de mandato, pues genera una mayor o menor legitimidad del ejercicio y sus resultados”, refirió.
A la vez, el magistrado Felipe de la Mata consideró grave la marcada actitud de diversos actores políticos y personas servidoras públicas de no acatar las decisiones de la autoridad ni cumplir el marco normativo.
Dijo que, más grave resulta que en 15 casos el INE declaró el incumplimiento de las medidas impuestas ante “la actitud contumaz” de las personas servidoras públicas de hacer caso omiso a las sentencias.
“Advirtió que no se puede hacer Patria sin que primero se haga Justicia y para hacer justicia se necesita respetar las leyes más allá de su imperfección, más allá de que la sanción no conste expresamente en la norma”, indicó.
La magistrada Malassis expresó que en la consulta de revocación “se corrompió” al transformarla en una consulta de ratificación y señaló que en ella resurgieron “figuras fraudulentas del pasado” contra las cuales, se pensaba, la democracia mexicana estaba blindada.
“Las irregularidades, de acreditarse, serían la advertencia del debilitamiento de nuestras instituciones que ameritaría un enérgico llamado a todos los actores políticos a defender las conquistas por las que ha luchado la ciudadanía en busca de un país democrático respetuoso de la ley”.
La magistrada Mónica Soto se pronunció a favor del desechamiento de las impugnaciones, pero en contra del pronunciamiento de “integridad electoral”, pues dijo que éste refiere aspectos que aún están en litigio electoral.
En el mismo sentido se manifestó el magistrado José Luis Vargas quien, en principio, se pronunció contra el acta de la sesión, que sacó de la lista más de 20 impugnaciones y luego sobre el pronunciamiento de “integridad electoral”.
Tras reconocerse como enemigo del “activismo judicial”, Vargas Valdez calificó de apresurada la decisión de hacer un pronunciamiento de ese tipo y preguntó cuál es la urgencia de calificar la consulta cuando la Ley establece como límite, cuando se resuelvan todas las impugnaciones.
Criticó también el formato “progresista” de la sentencia, pues dijo que no es un boletín de prensa, sino un reflejo puro de lo que es el proceso judicial, pretensiones, pruebas y alegatos de la parte contraria.
“De lo contrario, con el pretexto de juzgar con una perspectiva moderna o progresista, podemos estar nosotros cayendo en excesos que se traducen en incongruencias que afectan el sistema de justicia”.
Mientras que los magistrados Felipe Fuentes e Indalfer Infante se dijeron, en términos generales, a favor de los proyectos sin hacer referencia expresa a la “integridad electoral”.