Ciudad de México., 8 de junio del 2026. –
A menos de un año de que México sea una de las sedes de la Copa Mundial de la FIFA 2026, especialistas en propiedad intelectual advirtieron que los bares, restaurantes y otros establecimientos comerciales que transmitan los partidos sin contar con las licencias correspondientes podrían enfrentar multas millonarias, clausuras temporales e incluso acciones legales.
De acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor, la exhibición pública de los encuentros mundialistas requiere autorización expresa de los titulares de los derechos de transmisión, que en esta edición corresponden a la FIFA y a las empresas autorizadas para comercializar dichos derechos.
La advertencia surge ante la expectativa de que miles de negocios busquen aprovechar el evento deportivo para atraer clientes mediante la proyección de los partidos. Sin embargo, expertos señalan que existe un desconocimiento generalizado sobre las obligaciones legales que implica la transmisión de este tipo de contenidos en espacios comerciales.

Elia Sampayo, especialista en propiedad intelectual y fundadora del despacho MOLSAM Advisory, explicó que contratar un servicio de televisión de paga o una plataforma de streaming para uso doméstico no otorga automáticamente el derecho a transmitir los contenidos en establecimientos abiertos al público.
“Cuando contratas un cable o un streaming en tu casa pagas una licencia residencial, pero en el momento en que pones la pantalla frente a varios clientes, en un bar o restaurante se convierte en un acto comercial y puede haber una infracción”, señaló la especialista en declaraciones al diario El Economista.
Los expertos también desmintieron la creencia de que los negocios pueden evitar sanciones si permiten ver los partidos sin cobrar entrada o consumo mínimo. La legislación contempla que existe un aprovechamiento comercial cuando la transmisión contribuye a atraer clientes o incrementar las ventas, independientemente de que se cobre o no un acceso específico al evento.
Según información del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), las sanciones por incumplir la normativa pueden alcanzar hasta las 250 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes actualmente a aproximadamente 29.3 millones de pesos.
Además de las multas económicas, las autoridades pueden imponer la clausura temporal de los establecimientos por un periodo de hasta 90 días y ordenar el aseguramiento de los equipos utilizados para la transmisión.
Los titulares de los derechos también tienen la posibilidad de iniciar procedimientos civiles para reclamar daños y perjuicios derivados del uso no autorizado de las transmisiones.
Las autoridades facultadas para investigar y sancionar este tipo de infracciones son el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).
Ante la cercanía del Mundial 2026, especialistas recomendaron a los propietarios de bares y restaurantes verificar con anticipación los requisitos legales y obtener las licencias comerciales correspondientes para evitar sanciones que podrían comprometer la operación de sus negocios durante uno de los eventos deportivos más importantes del mundo.





